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Derecho Civil

El Derecho Civil es una de las ramas más importantes y extensas del derecho, ya que trata de la regulación de las relaciones personales o patrimoniales, entre personas privadas o públicas; en resumen, agrupa todas las normativas que existen sobre las relaciones que los ciudadanos y figuras civiles pueden contraer a lo largo de su vida como parte de la sociedad.

 

Es una rama del Ordenamiento Jurídico esencial para la regulación y la organización de una comunidad, puesto que establece infinidad de normativas respecto a casi todos los aspectos que se dan en una sociedad. Abarca desde el contrato de compraventa que supone por ejemplo comprar el pan de cada día, hasta la regulación de los lazos de familia, laborales, de responsabilidad contractual y extracontractual, herencias, sociedades, traspaso de bienes y un muy largo etc.

 

Comprende diferentes aspectos:

 

El derecho de las personas (capacidad jurídica, nacionalidad, incapacitación, domicilio, matrimonio y filiación, alimentos entre parientes…).

 

El derecho de las obligaciones y contratos, con la finalidad de controlar los actos y negocios jurídicos y las consecuencias que de ellos se generan.

 

El derecho de cosas, en relación con los bienes de la persona o patrimonio de la misma, o sea, regula los derechos reales y las relaciones jurídicas del individuo con los objetos que posee, las propiedades, las posesiones, etc.

 

El derecho de responsabilidad civil, que trata de la indemnización de daños y perjuicios.

 

El derecho de familia, sobre las consecuencias jurídicas vinculadas en las relaciones familiares, proviniendo del matrimonio, relación de pareja o el parentesco entre individuos.

 

El derecho de sucesiones, habiendo otorgado o no testamento y la normativa correspondiente a las herencias.

 

Las normas de Derecho Civil Internacional, como aquellas normas de Derecho Internacional Privado reguladoras de la ley civil aplicable ante un conflicto en éste ámbito.

 

Y por último, indicaremos que además incluye normas genéricas y principios generales aplicables a todas las ramas del Derecho, como la aplicación e interpretación y de las normas jurídicas. Es por ello que el Derecho Civil es denominado "Derecho común".

 

El Abogado como profesional del Derecho, ante los casos planteados por sus clientes, estudia el Derecho y analiza las diferentes acciones judiciales o extrajudiciales que el Ordenamiento Jurídico le brinda para la protección de sus intereses.

 

Nuestros servicios de Derecho Civil y Mercantil

Resulta difícil, dada su extensión, enumerar una serie de servicios respecto de esta materia, ya que manejamos prácticamente todo cuanto abarca el Derecho Civil, pero pondremos como ejemplo los siguientes:

 

Contratos civiles (arrendamientos de fincas, de obras y servicios, compraventa de bienes muebles e inmuebles, garantía, donación, mandato, depósito, préstamo, sociedad civil, permuta…) y mercantiles (compraventa a plazos, de establecimiento mercantil, arrendamiento mercantil, colaboración, agencia, garantía, depósito mercantil, transporte de mercancías…).

 

Todo tipo de procedimientos judiciales: Juicios monitorios, cambiarios (ejecución de cheques, pagarés…) juicio ejecutivo del automóvil, verbales, ordinarios, especiales por la materia (arrendamientos, suspensión de obra nueva, derribo o demolición de obras, tutela de la posesión, servidumbres, capacidad de las personas, filiación, paternidad, matrimoniales y parejas de hecho, división judicial de patrimonios –herencias, división de cosa común, liquidación de régimen matrimonial-, procesos concursales, jurisdicción voluntaria –autorización venta bienes incapaces o menores, aprobación herencias incapaces o menores…, Registro Civil…); incluida la fase de recursos y ejecución de sentencias y laudos (procedimiento de apremio, embargos, etc.).

 

Y en diversidad de materias:

 

Sociedades y otras Agrupaciones: Constitución, modificación, transformación, fusión, disolución y liquidación. Asesoramiento jurídico a empresas.

 

Herencias y Derecho de Sucesiones. Relación de bienes e inventarios, tasaciones, particiones de herencias, asesorías respecto a testamentos, aceptaciones de herencias, designaciones o intervenciones como contador-partidor, etc.

 

División de cosa común, judicial o extrajudicialmente.

 

Todo tipo de transacciones y arbitrajes.

 

Inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad.

 

Reclamaciones por daños y perjuicios, contractuales y extracontractuales, como accidentes de tráfico, negligencias de todo tipo, etc.

 

Todo tipo de Actuaciones y reclamaciones a Compañías de Seguros.

 

Propiedad Horizontal y Comunidades de vecinos.

 

Reclamaciones de cantidades por impagos o incumplimientos de todo tipo.

 

 

El Derecho de Familia se contempla en apartado propio.

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